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SOCIEDAD ARGENTINA DE CIRUGÍA DE LA OBESIDAD (S.A.C.O.)

Asociación civil sin fines de lucro.

Buenos Aires, 22 de junio de 2.020. –

Señor Asociado de la SOCIEDAD ARGENTINA DE CIRUGÍA DE LA OBESIDAD (S.A.C.O.) Asociación civil sin fines de lucro.

La comisión directiva de la SOCIEDAD ARGENTINA DE CIRUGÍA DE LA OBESIDAD (S.A.C.O.) Asociación civil sin fines de lucro, en su última reunión , resolvió convocar a los señores asociados a ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA y EXTRAORDINARIA que se celebrará el día 22 de julio de 2.020, a las 18 horas, primera convocatoria, y a las 18:30 horas, en segunda convocatoria, a través de la plataforma digital ZOOM en conformidad con  lo establecido en la Resoluciones Generales 11/2.020 y 18/2.020 de la Inspección General de Justicia. –

–         Aclaraciones: Conforme a lo dispuesto en el art. 2 de la resolución 18/2.020 solo se celebrarán las Asambleas en el caso de que resultare oficializada solo una lista de candidatos a los órganos electivos. En caso de que esto no suceda, la presente convocatoria quedará sin efectos. –

–         En conformidad a lo establecido en el ARTICULO VIGESIMO QUINTO, se informa a los asociados que tienen plazo hasta el día 14 de julio de 2.020 para presentar ante la Comisión Directiva, las listas de candidatos para la elección de autoridades. (i) Todas las listas presentadas deberán estar suscriptas por todos los candidatos; (ii) deberán constituir domicilio especial y mail; y (ii) deberán designar apoderado/s. –

Asamblea ordinaria

Asamblea Ordinaria:

En conformidad con lo establecido con el ARTICULO VIGECIMOQUINTO: DE LAS ASAMBLEAS, se tratará el siguiente ORDEN DEL DÍA:

a. Designación de dos miembros regulares para firmar y aprobar el acta de la presente Asamblea conjuntamente con el presidente y secretario. –

b. Consideración de la memoria. Balance General. Inventario. Cuadro de Gastos y Recursos e informe de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas, del ejercicio económico cerrado el día 31 de diciembre de 2.019. –

c.  Aprobación de la gestión de la Comisión Directiva y la Comisión revisora de cuentas. –

d. Designación de nuevos miembros regulares.

e. Fijación de la cuota social para el ejercicio 2020 (Establecer porcentaje de incremento).

e. Elección de todos los miembros de la Comisión Directiva y de la Comisión Revisora de Cuentas estipulado en el ARTICULO DECIMO CUARTO del estatuto. –

Asamblea extraordinaria

En conformidad con lo establecido con el ARTICULO VIGECIMOQUINTO: DE LAS ASAMBLEAS, se tratará el siguiente ORDEN DEL DÍA:

 

2.1.       Reforma del del ARTICULO PRIMERO y ARTICULO VIGÉSIMO SÉPTIMO del Estatuto.

A continuación, se transcribe los articulos del Estatuto que se desea modificar:

“ARTICULO PRIMERO: Con domicilio social en Avenida Santa Fe 2483, piso 12, departamento A, de la Ciudad de Buenos Aires, el día 28 de marzo de 2000, queda constituida una Asociación de carácter civil sin fines de lucro  denominada “SOCIEDAD ARGENTINA DE CIRUGÍA DE LA OBESIDAD, ENFERMEDAD METABÓLICA Y OTRAS RELACIONADAS CON LA OBESIDAD (S.A.C.O.) Asociación Civil sin fines de lucro con el anagrama S.A.C.O. que tendrá por objeto: 1) promover el progreso científico en el diagnostico, la evaluación clínica y el tratamiento de la Obesidad Enfermedad Metabólica y otras relacionadas con la obesidad.- 2) Colaborar con las Sociedades Nacionales de Cirugía General del ámbito nacional y regionales.- 3) Estrechar lazos con las sociedades Similares de otros países y ser miembro de pleno derecho de la I.F.S.O. (INTERNATIONAL FEDERATION FORT HE SURGERY OF OBESITY AND METABOLIC DISORDERS).- Para el cumplimiento de su objeto la asociación desarrollara todas las actividades que sean necesarias para el desarrollo científico y técnico de los tratamientos de la Obesidad, Enfermedad Metabólica y otras relacionadas con la obesidad, a cuyo efecto podrá otorgar becas, subsidios y premios, organizando congresos, simposios, reuniones, cursos y conferencias y apoyando la formación de bibliotecas; atendiendo al desarrollo de ateneos; editar una publicación en las que colaboren los miembros de la sociedad, sosteniendo y/o contribuyendo a la publicación de libros, revistas, informes, y demás obras que tiendan al desarrollo integral de la Cirugía de la Obesidad”.-

“ARTICULO VIGÉSIMO SÉPTIMO: Las Asambleas se notificarán con veinte (20) días de anticipación, mediante avisos con métodos fehacientes (correo electrónico, redes sociales, etc.). El secretario deberá documentar el cumplimiento en término del procedimiento adoptado.- En el momento de ponerse el aviso de la sede y/o pagina web, se tendrá en disponibilidad y siempre que deban ser considerados por la Asamblea: un ejemplar de Memoria, Inventario y Balance General, cuadro de gastos y recursos e informe de la Comisión Revisora de Cuentas.- En caso de considerarse reformas se tendrá un proyecto de las mismas a disposición de los asociados.- En las Asambleas no podrán tratarse asuntos no incluidos en el Orden del día correspondiente”.-

 

Como consecuencia los artículos transcriptos quedaran redactados de la siguiente manera:

“ARTICULO PRIMERO: Con domicilio social Ciudad de Buenos Aires, el día 28 de marzo de 2000, queda constituida una Asociación de carácter civil sin fines de lucro denominada “SOCIEDAD ARGENTINA DE CIRUGÍA DE LA OBESIDAD, ENFERMEDAD METABÓLICA Y OTRAS RELACIONADAS CON LA OBESIDAD (S.A.C.O.) Asociación Civil sin fines de lucro con el anagrama S.A.C.O. que tendrá por objeto:

1.Promover el progreso científico en el diagnóstico, la evaluación clínica y el tratamiento integral de la Obesidad, Enfermedades Metabólicas y otras relacionadas con la obesidad o al exceso de peso. Contribuir en el área de incumbencia científica y profesional a la preservación de la salud pública, por medio de la capacitación y actualización constante de sus asociados.

2.Formar y sostener una biblioteca (física o digital) pública destinada a la formación científica relacionada con la profesión; difundir a los asociados los avances del conocimiento en relación al desarrollo científico y técnico de los tratamientos de Obesidad, la enfermedad Metabólica y otras relacionadas con la obesidad a través de publicaciones, boletines, revistas y otros medios.

3.Estimular la formación de estudiantes o la capacitación de profesionales en la especialidad. –

4.Fomentar el espíritu de solidaridad y fraternidad entre sus asociados. Velar por la armonía entre los profesionales, ofreciendo su arbitraje para decidir diferencias entre colegas y entre éstos y terceros. –

5.Defender los intereses y derechos profesionales legítimos, el honor y dignidad de la profesión, y velar por su decoro e independencia. –

6.Establecer relaciones de mutua conveniencia con Instituciones afines, Nacionales o Extranjeras. –

7.Colaborar con las Sociedades Nacionales de Cirugía General del ámbito nacional, regional, provincial y local. –

8.Estrechar lazos con las sociedades Similares de otros países y ser miembro de pleno derecho de la I.F.S.O. (INTERNATIONAL FEDERATION FORT HE SURGERY OF OBESITY AND METABOLIC DISORDERS). –

9.Realizar peticiones antes las autoridades nacionales, provinciales, municipales o cualquier organismos nacional o internacional en beneficio de la entidad y sus asociados. –

10.Proponer mejoras en las condiciones de trabajo, en normas de higiene y seguridad y en la legislación en general, que determinen la mejora del sector.

 

11.Proponer mejoras en las condiciones de trabajo, en normas de higiene y seguridad y en la legislación en general, que determinen la mejora del sector Para cumplir los propósitos y fines previstos en los anteriores incisos podrá llevar a cabo todas las actividades que sean necesarias para el desarrollo científico y técnico de los tratamientos de la Obesidad, Enfermedades Metabólicas y otras relacionadas con la obesidad, a cuyo efecto podrá otorgar becas, subsidios y premios, organizar congresos, simposios, reuniones, cursos y conferencias y apoyar la formación de bibliotecas; apoyar el desarrollo de ateneos; editar una publicación en las que colaboren los miembros de la sociedad, sostener y/o contribuir a la publicación de libros, revistas, informes, y demás obras que tiendan al desarrollo integral de la Cirugía de la Obesidad. –

 

12. Para cumplir los propósitos y fines previstos en los anteriores incisos podrá efectuar contrataciones con Obra Sociales, incluidos IOMA y/o similares, Empresas de Medicinas Prepagas, Mutuales, clínicas, Sanatorios, Hospitales, Universidades Públicas y privadas; y Estado Nacional, Municipios y Gobiernos Provinciales. –

13. SACO podrá ser facultada por sus asociados – sin agotar la nómina –  para representarlos en gestiones relacionadas con su actividad profesional, tales como fijación de valores, inclusiones, exclusiones, etc. de las prácticas quirúrgicas y consultas de la especialidad que desarrollen los profesionales de las distintas diciplinas; efectuar contrataciones con Obra Sociales, Empresas de Medicinas Prepagas, Mutuales, clínicas, sanatorios, hospitales, Universidades Públicas y privadas; el Estado Nacional, Gobiernos Provinciales y Municipios: gestionar los honorarios, la legítima cobertura de gastos de equipos, insumos, cobranza de módulos facturados o por facturar en concepto de  servicios relacionados al tratamiento de la obesidad y enfermedades derivadas en favor de los afiliados/beneficiarios de las entidades o personas jurídicas citadas previamente; e instrumentar o promover acuerdos de pago y/o toda otra gestión, incluyendo la promoción de acciones judiciales o extrajudiciales de cobro, y/o realizar toda acción o medida tendiente a la defensa de sus derechos como profesional asociado, en nombre de este y/o sus afiliados en forma conjunta”. –

 

“ARTICULO VIGÉSIMO SÉPTIMO: Las Asambleas se notificarán con treinta (30) días de anticipación en conformidad con lo establecido en el ARTICULO VIGESIMOQUINTO del estatuto, mediante avisos con métodos fehacientes (correo electrónico, redes sociales, etc.). El secretario deberá documentar el cumplimiento en término del procedimiento adoptado.- En el momento de ponerse el aviso de la sede y/o página web, se tendrá en disponibilidad y siempre que deban ser considerados por la Asamblea: un ejemplar de Memoria, Inventario y Balance General, cuadro de gastos y recursos e informe de la Comisión Revisora de Cuentas.- En caso de considerarse reformas se tendrá un proyecto de las mismas a disposición de los asociados.- En las Asambleas no podrán tratarse asuntos no incluidos en el Orden del día correspondiente”.-

Nueva lista de candidatos

Presidente Dr. Pedro Martinez Duartéz
Vicepresidente Dra. Priscila Antozzi
Tesorero Dr. Gabriel Menaldi
Secretario Dr. Axel Beskow
Vocal titular 1 Dr. Jorge Harraca
Vocal titular 2 Dr. Carlos Esquivel
Vocal titular 3 Dr. Eduardo Babor
Vocal titular 4 Dr. Juan Carlos Staltari
Vocal titular 5 Dr. Alejandro Grigaites
Vocal titular 6 Dr. Sergio Gómez
Vocal suplente 1 Mg. Laura Fantelli
Vocal suplente 2 Dra. Marianella Akerman
Vocal suplente 3 Dr. Maximiliano Smith
Vocal suplente 4 Dr. Mariano Palermo
Titular. Rev. De cuentas Dr. José Cooke
Titular. Rev. De cuentas Dr. Diego Awruch
Titular. Rev. De cuentas Dra. Josefina Picardo
Suplente Rev. De cuentas Dr. José Cabrera